Por medio de la RG 5584, AFIP informa que por razones de administración tributaria y a efectos de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes y responsables, se prorroga hasta el 25 de octubre del corriente, el plazo para el ingreso del primer anticipo del impuesto a las ganancias y de Bienes Personales.
Las nuevas fechas, con carácter excepcional, serán las siguientes:
Con relación al ingreso del primer anticipo del impuesto a las ganancias mencionado en el inciso a), no se encontrarán habilitados el débito automático y el pago telefónico mediante tarjetas de crédito, ni la opción de débito en cuenta a través de cajeros automáticos
Fuente: B.O. RG 5584/2024