top of page

Remitos digitales: Nueva normativa permite su uso sin necesidad de impresión

  • luzcabreraestudiop
  • hace 3 días
  • 1 Min. de lectura

Con la publicación en el Boletín Oficial de la RG 5678,  ARCA busca otorgar mayor flexibilidad en los comprobantes respaldatorios de las operaciones logísticas.

Así, se modifica la normativa vinculada al traslado y entrega de productos: la posibilidad de utilizar remitos en formato digital sin necesidad de impresión.

¿Qué permite esta nueva resolución?

  • Utilizar remitos digitales, generados por los sistemas autorizados (salvo el controlador fiscal), sin necesidad de imprimirlos.

  • Mostrar la representación gráfica del remito desde un dispositivo durante el traslado.

  • Omitir las leyendas “ORIGINAL” y “DUPLICADO” cuando se use el formato digital.

  • Enviar una copia al destinatario por medios electrónicos y conservar otra en archivo digital.

  • Conservar la copia digital durante al menos 2 años.

Otras consideraciones importantes:

  • El remito debe emitirse antes del traslado y acompañar al producto hasta su destino.

  • Si bien no se imprime, sigue siendo obligatorio obtener y consignar el Código de Autorización de Impresión (CAI).

  • Los requisitos de tamaño mínimo del remito (15 cm x 20 cm) no aplican si se opta por la versión digital.

  • Esta normativa ya se encuentra vigente desde su publicación en el Boletín Oficial.


Vigencia y aplicación:  La norma entra en vigencia desde el 22 de abril de 2025.

bottom of page