Este mes entró en vigencia el tercer y último tramo de la suba escalonada programada para los empleados de casas particulares. El ajuste, que fue del 6%, se pagará en los primeros días de julio, por los salarios correspondiente al sexto mes del año. Cabe recordar, que a comienzos de este año la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares estableció tres aumentos no acumulativos -con base en los salarios de marzo de 2023- para los trabajadores del sector.
-Los nuevos salarios:
La escala salarial que rige desde junio, y que se pagará el próximo mes es la siguiente, de acuerdo a cada categoría:
Antigüedad
De acuerdo a lo establecido en el convenio salarial, los empleadores deberán abonar un adicional del 1% por año en los salarios mensuales, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. El cálculo se realiza considerando un 1% por cada año trabajado, que deberá agregarse en cada recibo mensual. La antigüedad se considera desde el 1° de septiembre de 2020, es decir, tomando como un año completo al 1° de septiembre de 2021.
Por otro lado, tal como sucede para el resto de los trabajadores en relación de dependencia, los empleadores deberán pagar al personal de casas particulares el aguinaldo o el primer Sueldo Anual Complementario (SAC) del año. Este pago es equivalente al 50% de la mayor remuneración mensual abonada en el semestre (de enero a junio). El viernes 30 de junio es la fecha límite para pagarlo. En el caso de las empleadas de casas particulares, el aguinaldo se abona a la finalización de los semestres de junio y diciembre. Si la prestación de servicios es inferior a los seis meses, deberá liquidarse en forma proporcional a los meses trabajados (Ley de Contrato de Trabajo). Por ejemplo: si solo trabajó cuatro de los últimos seis meses, corresponderá abonarle como aguinaldo el 66,67% (4 meses / 6 meses) del 50% del mejor sueldo de los últimos cuatro meses.
– Fuente: Infobae