Con la promulgación de la Ley 27743, se deroga el Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI) aplicable a las Personas Humanas y Sucesiones Indivisas, con aplicación para las operaciones que se realicen a partir del 8/7/2024.
Esto significa que si una persona humana vende un inmueble adquirido o incorporado a su patrimonio antes del 1/1/2018, dicha operación no estará sujeta al ITI ni tampoco al Impuesto a las Ganancias.
Fuente: Ley 27743 BO 8.7.2024