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EXPORTADORES DE SERVICIOS. SE INCREMENTA EL MONTO EXCEPTUADO DE LIQUIDAR DIVISAS

Por medio de la Comunicación "A" 8153, el BCRA incrementó el monto que exceptúa de liquidar divisas a las personas humanas que presten servicios al exterior.

Dicho monto estaba fijado en USD 24.000 anuales, y a partir del 1/1/2025, la excepción alcanzará a las operaciones realizadas por las personas humanas, en el conjunto de entidades con las que opera y por el conjunto de los conceptos comprendidos, hasta USD 36.000 por año calendario.

Recordamos que los servicios incluidos en la norma son los siguientes:

Mantenimiento y reparaciones


Servicios de construcción

Servicios de telecomunicaciones

Servicios de informática

Servicios de información

Cargos por el uso de la propiedad intelectual

Servicios de investigación y desarrollo

Servicios jurídicos, contables y gerenciales

Servicios de publicidad, investigación de mercado y encuestas de opinión pública

Servicios arquitectónicos, de ingeniería y otros servicios técnicos

Servicios relacionados con el comercio

Otros servicios empresariales

Servicios audiovisuales y conexos

Otros servicios personales, culturales y recreativos

Otros servicios de salud.

Fuente: BCRA

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