Quienes tengan deudas por importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero y/o importación de servicios hasta el 12/12/2023 podrán suscribir Bonos que emitirá el BCRA.
Se trata de tres instrumentos, denominados y pagaderos en dólares, que podrán ser adquiridos en pesos mediante un boleto técnico cambiario de adquisición de divisas.
Estos bonos podrán ser utilizado por sus tenedores para cancelar las obligaciones impositivas y aduaneras -con más sus intereses, multas y accesorios- con las siguientes excepciones:
a. Aportes y Contribuciones destinadas al Régimen de la Seguridad Social. b. Contribuciones destinadas al Régimen de Obras Sociales. c. Las cuotas correspondientes al Seguro de Vida Obligatorio. d. Las cuotas con destino a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo. e. Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias. f. Las obligaciones derivadas de la responsabilidad sustitutiva o solidaria por deudas de terceros o de su actuación como agentes de retención y percepción.
La serie 1 devengará una tasa de interés del 5% anual. Al igual que las otras dos series, será pagadero en dólares (tanto el capital como los intereses). Su principal particularidad es que desde el 1 de marzo será separado en 4 series independientes, con las condiciones del bono original y se suman beneficios adicionales en tres de las cuatro series.
Fuente: BO 21/12/2023. Dto 72/2023