El Gobierno nacional oficializó los cambios que la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales, Paliativas y Relevantes introdujo en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, para mejorar la situación de todos los monotributistas.
La nueva ley prevé importantes aumentos en los montos de facturación (más del 300%) y demás parámetros, por lo cual más contribuyentes podrán estar dentro del régimen. Además, se elimina la distinción entre prestaciones de servicios y venta de bienes a los efectos de la categorización.
Además, podrán regresar al Régimen Simplificado, sin esperar el plazo de 3 años anteriormente previsto para estos casos, quienes hayan renunciado o hubiesen sido excluidos del monotributo para pasar al régimen general, desde el 1° de enero al 31 de julio de 2024, ya que los cambios en las categorías son retroactivos al 01 de enero del presente año. Esta posibilidad de regresar al monotributo está disponible únicamente hasta el 30 de septiembre de 2024.
En cuanto a la recategorización semestral, los contribuyentes deberán considerar los nuevos valores de los parámetros de ingresos brutos y alquileres devengados que surjan de dicha actualización.
Además, la AFIP para facilitar la recategorización, dispuso, a través de la Resolución General Nro. 5534, la prórroga de la misma hasta el 9 de agosto y extendió el vencimiento para el pago de la cuota de agosto al 28 del mismo mes.
El decreto también reglamenta la exención del pago del impuesto para los monotributistas que alquilen hasta dos inmuebles. Con los cambios introducidos, las nuevas escalas quedaron establecidas de la siguiente manera: