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CABA. MEDIDAS DE ALIVIO FISCAL PARA EL 2025

El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires anunció un programa de eliminación y reducción de impuestos con el objetivo de promover un mayor alivio fiscal para el año 2025


Las medidas son las siguientes:


Devolución exprés y 100% online de saldos a favor de Ingresos Brutos

La novedad es que el trámite se realizará mediante el portal del contribuyente (Autogestión), con aprobación en línea y acreditación en 96 horas hábiles.


El nuevo tope de devolución queda establecido en $2.000.000. Aquellos contribuyentes cuyo saldo supere dicho monto, deberán efectuar la solicitud de devolución por el canal habitual, es decir, mediante el servicio “Tramites a Distancia”, con CUIT y Clave Ciudad a través de la página web de AGIP.


El contribuyente deberá encontrarse inscripto como Contribuyente Local o en Convenio Multilateral, haber presentado todas las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos y no tener deuda judicial ni como Agente de Recaudación, excepto multa.


Exención del Impuesto Inmobiliario/ABL

Se amplió el acceso a la exención del impuesto para jubilados y pensionados, actualizando requisitos como la Valuación Fiscal del inmueble y los haberes percibidos. 


Con las nuevas modificaciones introducidas, se tomará como referencia la Valuación Fiscal Homogénea del inmueble con un valor máximo de $40.000.000. Con esta actualización, también se amplía la cantidad de personas con discapacidad que podrán solicitar la exención análoga.


Se deberá percibir un haber igual o menor a cuatro veces la jubilación mínima, es decir aproximadamente $1.038.395,04.


Hasta ahora, la exención podía ser parcial o total. Al cumplir con los requisitos, se obtiene automáticamente la exención total del impuesto.


Asimismo, para que las personas con discapacidad puedan acceder al 100% de la exención total del impuesto, se utilizará la Valuación Fiscal Homogénea del inmueble, que tendrá un valor máximo de $40.000.000, como referencia. Dicho beneficio operará siempre y cuando se cumpla con los requisitos establecidos.


Adicionalmente y en línea con las medidas de alivio fiscal anunciadas, el Gobierno de la Ciudad presentará un Proyecto de Ley ante la Legislatura que contendrá:


  • Exención y reducción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los servicios no profesionales, como, por ejemplo: plomeros, electricistas, peluqueros, administración de consorcios, fotografía y limpieza, entre otros.


En este sentido, los contribuyentes que hayan obtenido ingresos brutos anuales menores o iguales a $6.000.000, obtendrán una exención del 100% del impuesto, mientras que aquellos que hayan obtenido ingresos hasta $24.000.000, obtendrán bonificaciones decrecientes, que van del 35% hasta el 10%.


En el caso de contribuyentes que inicien actividades, obtendrán una bonificación del 100% del impuesto durante el primer año y en todas las categorías.


  • Unificación con el Monotributo Nacional que integre, en un solo pago, las obligaciones fiscales nacionales y las tributarias locales, en donde se abonará una cuota mensual fija, sin que se apliquen retenciones en cuentas bancarias o en tarjetas de débito y crédito.

  • Se propone fijar una alícuota del 0% en el Impuesto de Sellos sobre un conjunto de actos, contratos y operaciones comerciales durante el ejercicio fiscal 2025, entre ellos destaca la alícuota 0% sobre los contratos de locación para alquileres con fines comerciales y turísticos. 

  • Alícuota del 0% en el Impuesto de Sellos para la compraventa de viviendas familiares por debajo de los $205.000.000.

  • Impulso al SUR: reducción del 3.5% al 0.5% en el Impuesto de Sellos para fomentar el desarrollo y la construcción de viviendas en el polígono delimitado por las calles Montes de Oca, California, Pasaje Rio Cuarto y Av. Regimiento de Patricios.

  • Adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) y al blanqueo de activos.

  • Plan de regularización de deudas administrativas y judiciales de todos los tributos que recauda la Ciudad: ABL, Patentes, Ingresos Brutos, Sellos, con condonación de intereses resarcitorios y punitorios.

Fuente: Trivia.Consejo


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