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Blanqueo: nueva prórroga

Se prorrogan las fechas del Régimen de Regularización de Activos previsto en el Título II de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, conforme el siguiente detalle:

Condiciones:

  • Se podrán regularizar fondos  entre el 1° de noviembre de 2024 y el 8 de noviembre de 2024, habiendo regularizado o no fondos al 31 de octubre de 2024, inclusive.

  • Quienes retiren -parcial o totalmente- fondos a partir del 1º de noviembre 2024, no podrán regularizar montos adicionales a partir de esa fecha de retiro.

  • A partir del 9 de noviembre de 2024, si los fondos totales exteriorizados fueran de hasta USD 100.000, podrán retirarse sin que queden sujetos a retención alguna.

  • Si el monto total es mayor a USD 100.000, para no quedar sujetos a la retención del 5 %, deberán continuar manteniendo esos fondos en las cuentas especiales o afectándolos a los destinos e inversiones autorizados por la norma, hasta el 31 de diciembre de 2025, inclusive.

  • No podrán regularizar fondos bajo estas normas, quienes hubieran retirado fondos regularizados hasta el 31 de octubre de 2024, inclusive.

  • Aquellos fondos que se hubieren regularizado hasta el 31 de octubre de 2024, inclusive, podrán retirarse a partir del 1° de noviembre de 2024, aun cuando se hubieran regularizado nuevos fondos durante el período de prórroga dispuesto en la presente medida -los que solo podrán realizarse con anterioridad a dicho retiro-

Vigencia y aplicación a partir del 1/11/2024

Fuente: Dto 977/24


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